Se trata de aquellas parejas que convivan que quieran estar inscritas formalmente, pero sin contraer matrimonio.
Requisitos:
- Debéis ser mayores de edad o menores emancipados.
- No debéis estar casados entre vosotros ni con una tercera persona.
- No debéis estar inscritos como pareja de hecho con otra persona.
- Uno de los dos debe tener vecindad civil balear.
Tiene las mismas ventajas que el matrimonio en cuanto a la obligación de alimentos, pensión de viudedad, etc.